PREGUNTAS FRECUENTES

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué es una Inscripción?

Es un extracto de la escritura que se inscribe en el registro correspondiente.

¿Qué son los Datos de la Inscripción ?

Son: fojas, número y año de la inscripción cuyo certificado es solicitado.

¿Qué se entiende por Inscripción de Propiedad?

Es la inscripción que indica quien es el dueño de un inmueble.

¿Qué se entiende por Propiedad?

La propiedad o dominio es el derecho real sobre una cosa corporal para usar y disponer de ella arbitrariamente; no siendo contra la ley o derecho ajeno.

¿Qué es un Bien Inmueble?

Son las cosas que no pueden transportarse de un lugar a otro, como las tierras minas, y las que adhieren permanentemente a ellas, como los edificios, los árboles.

¿Qué es un Registro?

Es un Libro que se inicia cada año, donde quedan materializadas las inscripciónes.

¿Qué es el Libro de Repertorio?

Es el libro en el cual se anotan los títulos que se presentan para su inscripción  al Conservador de Bienes Raíces bajo un número correlativo según el orden de presentación, y que contiene nombres, apellidos, naturaleza del acto o contrato, clase de inscripción, hora, día, mes y registro parcial en que debe hacerse la inscripción.

¿Qué es una Certificación?

Es una constancia escrita de los actos efectuados en los registros correspondientes.

¿Qué es un Certificado de Dominio Vigente?

Es un certificado de indica quien es el actual propietario o propietarios  de un inmueble.

¿Qué es un Certificado de Hipotecas y Gravámenes, Prohibiciones e Interdicciones?

Es un certificado que muestra todas las hipotecas y gravámenes, prohibiciones e interdicciones que pueda tener una propiedad.

¿Qué es un Certificado de Vigencia de Sociedad?

Es un certificado que indica si una sociedad esta vigente.

¿Qué sucede si no realizo la inscripción de una propiedad en el conservador?

De no realizarse este trámite no se produce la tradición del inmueble, por lo tanto no hay un cambio de propietario.

¿Cómo averiguar el valor que debo cancelar por un trámite?

El valor de cada documento solicitado se señala en los aranceles del Conservador, en el caso de cada solicitud de copias en particular, se enviara una respuesta con el valor exacto de su solicitud

¿Cómo buscar datos de la inscripción?

Puede hacerlo a través de los índices que el mismo Conservador a dispuesto para su consulta.

¿Qué es un Reparo?

Es un error u omisión en alguno de los requisitos en la solicitud presentada.

ACERCA DE LOS REGISTROS

1. Registro de Propiedad

Es el registro en el cual se llevan las inscripciónes de Propiedad originadas por la adquisición de un título o de acciónes y derechos que recaen sobre un bien inmueble. Es decir, se inscriben en él las traslaciones de dominio. También, se inscriben los Autos de Posesión Efectiva y Testamentos, cuando corresponde

Hecha la Inscripción de la propiedad, se podrán otorgar de está los certificados siguientes:

    1. Certificado de Dominio Vigente; señala los antecedentes respecto de quién es el actual propietario.
    2. Certificado de Hipotecas y Gravámenes; señala los gravámenes que afectan a la propiedad
    3. Certificado de Prohibiciones e Interdiciones;  señala las Prohibiciones e Interdiciones que afecten al inmueble o a las personas.
    4. Certificado de Litigio; señala si la propiedad tiene algún litigio pendiente.
    5. Certificado de Bien Familiar; Indica si el inmueble ha sido declarado bien familiar

En cuanto a las Copias de inscripciónes, estas son copias autorizadas por el Conservador quien da fe de su original.
En el caso de que las inscripciónes requieran además archivar planos o certificados relacionados con las propiedades provenientes de una subdivisión, se han de otorgar, cuando corresponda, copias certificadas.

2. Registro de Hipotecas y Gravámenes

Es el registro en el cual se realizan las inscripciónes de Hipotecas, Derechos de Usufructo, Uso y Habitacion, Arrendamientos, Servidumbres y Reglamento de Copropiedad y otros gravámenes semejantes que afecten a una propiedad.

3. Registro de Prohibiciones e Interdicciones

Es el registro en el cual se realizan las inscripciónes de prohibiciones voluntarias, embargos, medidas precautorias  e interdicciones, sean convencionales, legales o judiciales, que de modo alguno embarace o limite el libre ejercicio de la facultad de enajenar. De dicho registro se han de otorgar copias certificadas por el Conservador.

4. Registro de Comercio

Es el registro en el cual se realizan las inscripciónes y subinscripciónes de constitución de sociedades, modificaciones, actas y mandatos que tengan como domicilio la comuna de competencia del Conservador, de estos se han de otorgar certificados de vigencia de sociedades y copias de las respectivas inscripciónes certificadas por el Conservador.

5. Registro de Propiedad de Aguas

Es el registro en el cual se realizan las inscripciónes de los títulos, actos y resoluciones de derecho de aprovechamiento de aguas. De dicho registro se han de otorgar copias certificadas por el Conservador, así como dominios vigentes y certificados de hipotecas y gravámenes.

6. Registro de Hipotecas y Gravámenes de Aguas

Es el registro en el cual se inscriben las hipotecas y gravamenes de los derechos de aprovechamiento de aguas. De dicho registro se han de otorgar copias certificadas por el Conservador.

7. Registro de Interdicciones y Prohibición de Aguas

Es el registro en el cual se realizan las inscripciónes de todo impedimento y prohibición que se refieran a derechos de aprovechamiento, sean estos convencionales, legales o judiciales.                                                                                                            De dicho registro se han de otorgar copias certificadas por el Conservador.

ACERCA DE LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

1. Inscripción de Propiedades

Se requiere presentar los siguientes documentos:

  • Copia autentica del título respectivo o de la sentencia o decreto judicial. El Conservador admitirá como copia autentica toda copia autorizada con las solemnidades legales por el notario o funcionario competente.
  • Certificado de Deuda de Contribuciones en el que conste que se encuentran canceladas al día, o certificado de avalúo fiscal que acredite la exención de pago de contribuciones.
  • Formulario 2890 del SII suscrito por el notario ante quien se otorgó la escritura pública. En caso de inscribir por resolución judicial, el Conservador provee de dicho formulario.
  • Otros documentos que sean necesarios, dependiendo de cada caso particular

2. Inscripción de Posesión Efectiva

Hay que distinguir entre herencias testadas e intestadas.

En el caso de que el causante no haya testado; se debe acudir al Servicio de Registro Civil y solicitar la Posesión Efectiva. Cumplido este trámite, debe presentar la documentación obtenida para que se realice la inscripción por el Conservador

La documentación requerida en este caso es la siguiente:

  • Certificado de la posesión efectiva.
  • Certificado de exención del impuestos de herencia, otorgado por el Servicio de Impuestos Internos, si corresponde o Comprobante de pago de dicho impuesto.
  • Certificado de Deuda de Contribuciones en el que conste que se encuentran canceladas al día, o certificado de avalúo fiscal que acredite la exención de pago de contribuciones..
  • Otros documentos que sean necesarios, dependiendo de cada caso particular

En cuanto a las herencias testadas y las abiertas en el extranjero; deben ser tramitadas ante el tribunal por un profesional competente y una vez completado el proceso, la documentación es remitida a este oficio por un receptor judicial, el cual tramita la inscripción.

La documentación requerida en este último caso es la siguiente:

  • Copia del testamento.
  • Copia del expediente de posesión efectiva.
  • Otros documentos que sean necesarios, dependiendo de cada caso particular

Todas las copias deben estar debidamente autorizadas y legalizadas.

4. Inscripción de Hipotecas y Gravámenes

Se requiere presentar los siguientes documentos:

  • Escritura de constitución de gravamen.
  • Certificado de contribuciones al día o certificado de avalúo fiscal vigente en caso de encontrarse exento de contribuciones.
  • Otros documentos que sean necesarios, dependiendo de cada caso particular

5. Inscripción de Prohibiciones e Interdicciones

Se requiere presentar los siguientes documentos:

  • Escritura de constitución de la prohibición.
  • No se requiere acreditar las contribuciones al día.
  • Otros documentos que sean necesarios, dependiendo de cada caso particular

6. Inscripciónes de Comercio (Sociedades, Mandatos o Actas)

Han de proporcionarse los extractos y copia autorizada de la escritura de constitución o modificación según sea el caso y el Diario Oficial del día en que se publicó el extracto para anotar la subinscripción al margen. Si se desea inscribir un mandato o acta, se debe acompañar la reducción a escritura pública respectiva.

  • No se requiere acreditar las contribuciones al día.
  • Otros documentos que sean necesarios, dependiendo de cada caso particular

7. Inscripción de Propiedad de Aguas

Se requiere presentar cualquiera de los siguientes documentos

  • Escritura de compraventa.
  • Expediente de la resolución judicial.
  • Reducción a escritura pública de la resolución de la Dirección General de Aguas.
  • Expediente en el caso de existir herencia.
  • Otros documentos que sean necesarios, dependiendo de cada caso particular

8. Inscripción de Hipotecas y Gravámenes de Aguas

Se requiere presentar la escritura de constitución de gravamen o, en su defecto, la resolución judicial y otros documentos que sean necesarios, dependiendo de cada caso particular.

9. Inscripción de Prohibiciones e Interdicciones de Aguas

Se requiere presentar la escritura de constitución de la prohibición o, en su defecto, la resolución judicial y otros documentos que sean necesarios, dependiendo de cada caso particular

10. Solicitar Copias o Certificados

Se deben indicar los datos de la inscripción, son del caso: fojas, número y año; y el registro al que se refiere la solicitud en cuestión. Respecto a las copias debe averiguar, además, el número de carillas que tiene la inscripción, dato que se le proporcionará en este oficio.


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